PTEE – SAGRILAFT

PTEE

Programa de Transparencia y Ética Empresarial

Última actualización: 01/06/2022

  • COMERCIALIZADORA SANTANDER adopta como política y va promover, desarrollar y velar por una cultura de Cero Tolerancia a los Actos de Corrupción y el Soborno.
  • Los accionistas y Directivos de COMERCIALIZADORA SANTANDER están comprometidos en combatir los Actos de Corrupción. Los Directivos garantizan la suficiencia de recursos económicos, tecnológicos y de personal para el correcto funcionamiento del Programa.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER no tolera, justifica ni promueve ninguna forma de corrupción. No cree que haya ninguna justificación para incumplir los valores éticos de la Compañía, ni los valores y deberes que los funcionarios Públicos prometieron cumplir en el desarrollo de sus funciones.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER ha implementado medidas de Debida Diligencia de acuerdo a los más altos estándares internacionales y con ello pretende crear mecanismos de prevención, detección, control y reporte respecto de los Actos de Corrupción.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER ha delegado funciones en sus principales órganos de administración, relacionados con la implementación y cumplimiento del presente Programa. Sin embargo, todos los empleados tienen el deber general de proteger a la Compañía de Actos de Corrupción. Se exige que cada empleado vea este Programa como una regla de conducta inquebrantable.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER exige reciprocidad y colaboración de sus contrapartes en la lucha contra los Actos de Corrupción. Así las cosas, exige de sus Contrapartes los más altos estándares éticos para que ninguna circunstancia los desvíe del presente Programa. Frente a sus Contratistas, COMERCIALIZADORA SANTANDER exige que, ellos desde su fuero y de manera independiente, aporten a la lucha contra los Actos de Corrupción, y en todo caso, los contratos celebrados impondrán la obligación de cumplir con las medidas del presente Programa.
  • Todas las actuaciones de las Contrapartes de COMERCIALIZADORA SANTANDER ante cualquier funcionario Público se rigen por este Programa, las leyes colombianas y de cada país donde tenga alguna relación comercial COMERCIALIZADORA SANTANDER, así́ como las Disposiciones Anticorrupción.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER nunca solicitará, autorizará o tolerará, a ningún Contratista que realice Pagos de Facilitación ante funcionarios Públicos o empleados privados, y mucho menos realizarlos a nombre de COMERCIALIZADORA SANTANDER. Estos pagos se encuentran expresamente prohibidos.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER se compromete a capacitar a todos sus empleados para prevenir, detectar, analizar, y reportar Actos de Corrupción, y en consecuencia, los empleados de COMERCIALIZADORA SANTANDER, además de cumplir con el Programa y las Disposiciones Anticorrupción, se guiaran por el sentido común y el criterio objetivo al momento de analizar las situaciones que se les presenten.
  • Cualquier acto tendiente a facilitar o configurar Actos de Corrupción, es considerado por COMERCIALIZADORA SANTANDER como una práctica deshonesta y prohibida.
  • Los empleados que realicen estas conductas serán severamente castigados de acuerdo al Reglamento Interno de Trabajo, incluso con el despido con justa causa.
  • Los Contratistas que realicen estas conductas se aplicarán las cláusulas contractuales sobre penalidades y terminación unilateral por facilitar o configurar Actos de CorrupciónPOLÍTICA LA/FT/FPADM.

SAGRILAFT

Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

Última actualización: 01/06/2022

  • COMERCIALIZADORA SANTANDER dentro del marco legal vigente colombiano y las recomendaciones internacionales del GAFI, GAFILAT y otros organismos similares, dirige sus esfuerzos por prevenir y controlar el Riesgo LA/FT/FPADM.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER a través de la identificación, segmentación, calificación, individualización, control y actualización de los Factores de Riesgos y los riesgos asociados busca evitar que la Compañía pueda ser usada o pueda prestarse como medio en actividades relacionadas con el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas destrucción masiva.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER promueve y establece una cultura institucional antilavado, antifinanciación del terrorismo y antifinanciación de la proliferación de armas destrucción masiva, en sus órganos de administración y de control, administradores, accionistas y en general en todos sus Colaboradores, clientes, proveedores, contratistas, aliados estratégicos y demás terceros vinculados.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER establece requisitos adecuados y aplica una Debida Diligencia para la vinculación de Contrapartes y la realización de operaciones. Igualmente, la Compañía rechaza el establecimiento o la renovación de una relación contractual que no cumpla con los requisitos exigidos por la ley, la Circular y las normas internas de COMERCIALIZADORA SANTANDER. De esta forma la Compañía busca: (i) minimizar los riesgos de pérdida de recursos financieros por sanciones y/o multas por parte de los entes de Control; (ii) evitar investigaciones y sanciones administrativas, civiles y penales tanto para la Compañía, sus trabajadores, accionistas, aliados de negocio y en general para sus Contrapartes, y (iii) prevenir una afectación de la reputación de la Compañía.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER negociará sus productos y prestará sus servicios a los clientes que hayan cumplido con los procedimientos de Debida Diligencia al inicio de la relación o vinculación o en la actualización de información, de acuerdo con las Medidas Razonables y la materialidad establecida por la Compañía en este Manual, en la ley, la Circular o cualquier norma que complemente, sustituya o modifique el procedimiento aplicable.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER no negociará o comprará productos y/o servicios a proveedores que no hayan cumplido con los procedimientos de Debida Diligencia al inicio de la relación o vinculación o en la actualización de información, de acuerdo con las Medidas Razonables y la materialidad establecida por la Compañía, en este Manual, en la ley, la Circular o cualquier norma que complemente, sustituya o modifique el procedimiento aplicable.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER prohíbe terminantemente el establecimiento de relaciones comerciales con personas naturales o jurídicas que tengan nombres ficticios o nombres inexactos.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER no tendrá́ vínculo con ninguna persona natural o jurídica que esté incluida en la lista OFAC o aquellas otras listas de sanciones del Consejo de Seguridad (Organización de Naciones Unidas), de criminales y terroristas que por su naturaleza se consideren actividades de alto riesgo de LA/FT/FPADM, o cuando alguno de sus Accionistas, Socios o Administradores figuren en dichas listas.
  • En el evento de que se identifique o verifique cualquier bien, activo, Producto, fondo o derecho de titularidad a nombre o bajo la administración o control de cualquier país, persona y/o entidad designada por las Listas Restrictivas, el Oficial de Cumplimiento, de manera inmediata, deberá́ reportarlo a la UIAF y ponerlo en conocimiento del Vicefiscal General de la Nación a través de los canales electrónicos seguros que determinen estas autoridades públicas, con observancia de la respectiva reserva legal.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER cuenta con metodologías para identificar, medir, controlar, monitorear y reportar las fuentes de riesgo y los riesgos asociados.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER tiene un régimen de sanciones que regula las consecuencias que genera el incumplimiento del SAGRILAFT por parte de los Colaboradores, Directivos y demás Contrapartes o terceros vinculados.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER exige a la Junta Directiva, Colaboradores, clientes, proveedores, contratistas, aliados estratégicos y demás terceros vinculados, el cumplimiento de las normas en materia de administración del riesgo de LA/FT/FPADM prevaleciendo éstas ante el logro de las metas comerciales y financieras.
  • COMERCIALIZADORA SANTANDER guarda reserva de la información reportada a las autoridades competentes, así como la información utilizada para el análisis de operaciones inusuales y sospechosas; y
  • Los accionistas, Colaboradores, clientes, proveedores, contratistas, aliados estratégicos y demás Contrapartes o terceros vinculados a COMERCIALIZADORA SANTANDER deben guardar absoluta confidencialidad respecto a la información que se elabore y distribuya con relación a la prevención y control del riesgo de LA/FT/FPADM, salvo requerimiento de las autoridades competentes.

CANALES DE DENUNCIA: Correo electrónico: denuncias@comersantander.com Teléfono: 6063315200 ext 277.

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